En varios
países, empezando de nuevo con Estados Unidos, se tomó la opción de privatizar
los centros penitenciarios por varios factores asociados a la imposibilidad de
albergar cantidades enormes y cada vez crecientes de privados de libertad, no
obstante, también se vieron inmiscuidos asuntos socio-políticos como distintos
discursos político populistas, donde prometían lo que el pueblo presuntamente
aclamaba y que fundamentaba el incremento de severidad de las penas, la
irrupción de la justica expresiva, pero también contó con la participación de
medios de comunicación sensacionalistas que se enfocaban en el fenómeno del
miedo al delito (famosa criminalidad creciente en Costa Rica) donde promovían
la visión del delincuente como un sujeto antisocial y peligroso, así como la
necesidad de protección de la víctima y proposición de las prisiones como un
remedio incapacitador de la criminalidad. (Arriagada, 2012)
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| Ex-presidente de EEUU Ronald Reagan. Fuente: https://www.si.edu/ |
El gobierno de Ronald Reagan,
se enfocó principalmente en la impulsión de la economía y la privatización
estatal. Como consecuencia se redujo la protección social y se comprometió la
legitimidad del Estado en materia penal.
La prisión se
convirtió en un componente político e institucional del Estado, se catalogaron
como un medio de contención de los delincuentes, quienes, justamente por
merecer un castigo acondicionaron su sanción a una forma donde pueda impulsar
la economía, lo que va claramente en detrimento del fin resocializador. (Arriagada, 2012)
Núñez &
Rojas (2006) indicaron que la visión del Estado con respecto a la privatización
de los centros penitenciarios se fundamenta en los siguientes objetivos:
- Aumentar la seguridad pública e institucional del Sistema Penitenciario Nacional;
- Disminuir la sobrepoblación de las instalaciones que componen el sistema penitenciario nacional;
- Mejorar el procedimiento para la clasificación y la ubicación de internos dentro del sistema penitenciario;
- Mejorar las condiciones de vida de los privados de libertad;
- Mejorar la calidad y efectividad de programas de asistencia técnica de los privados de libertad y bajar la tasa de reincidencia, a través de un plan de atención técnica basado en resultados;
- Mejorar los procedimientos operativos para aumentar la prevención, la preparación y el manejo de eventos críticos y
- Reducir los costos operativos en el largo plazo.
Claramente la
privatización de las cárceles trae consigo fuentes de empleo y por ende el
crecimiento de la economía, ya que no solo se toman en cuenta la administración
del centro penal por sí mismo, sino que se incluye toda una cadena laboral que
va desde la planificación de la obra, desarrollo y puesta en ejecución del
proyecto, hasta servicios relacionados con esa actividad, tales como
proveedores de ropa, alimentación, seguridad (tanto personal como electrónica),
desechos, fábricas de materiales y muchos otros que se ven inmersos en suplir
las necesidades de operación de estos lugares, de manera que los centros
penitenciarios pasan de ser un gasto para el Estado a una fuente de
remuneración creciente para muchos sectores, propiamente, esta industria en
Estados Unidos “proporciona empleos a cerca de 17.000 profesionales dedicados a
la seguridad, la academia, la educación vocacional, servicios de salud,
programas para presos, mantenimiento, recursos humanos, gestión y
administración” (Arriagada, 2012)
A estas empresas
les ha ido tan bien en ese país que incluso la CCA (corporación estadounidense que
tiene a su cargo varias prisiones) “participa desde 1994 en la bolsa de Nueva
York y sus acciones han aumentado de forma sorprendente” (Arriagada, 2012)
Exceptuando los
asuntos de índole constitucional, ya que estos se encuentran regulados de
diferentes formas en cada estado, la privatización de los centros
penitenciarios posee varios riesgos ligados justamente a sus jugosas rentabilidades,
pues la posibilidad de implementar programas de desarrollo laboral permite a
estas empresas crear maquilas con un costo ínfimo de mano de obra, en síntesis,
se permite una explotación laboral amparada de una actividad que presuntamente ayudará a los privados de libertad a emplearse
cuando terminen su condena. Justamente con motivo de esta actividad “se han cerrado
maquiladoras que operaban en el tercer mundo, ya que ahora resulta mucho más
barata la mano de obra presa” (Núñez & Rojas, 2006)
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| Fuente: www.eleconomista.es |
La operación de
estos centros penales requiere de una cantidad mínima de sentenciados para
sufragar sus gastos, de manera que El Estado debe proveer la “materia prima” (detenidos)
suficiente para no entrar con conflictos de índole legal, propiciando de esta
manera una recurrente movilización de privados de libertad hacia dichos sitios,
los cuales, de acuerdo con su fin meramente lucrativo, limitan las
posibilidades de la utilización de medidas alternas de resocialización,
situación que va en contra del fin reeducativo de la sanción penal.
Como toda
empresa, este tipo de entidades debe mantener un efectivo flujo de caja, de
manera que gastos derivados de servicios orientados a satisfacer necesidades
del privado de libertad serán mermados a lo máximo posible. Es de esperar la
disminución de la calidad de la alimentación, así como la aplicación de
programas de capacitación y educativos así como atenciones médicas y sociales.
Es cierto que
las empresas a cargo de los centros penitenciarios deben adaptarse a los
requerimientos del contrato que suscriben, sin embargo, tal como se mencionó
anteriormente, Núñez & Rojas (2006) evidenciaron que varias actividades que
modifican con la intensión de disminuir gastos, afectando de esa manera los
derechos fundamentales de las personas detenidas:
- Para ahorrar salarios de guardianes y la construcción de torres de vigilancia es más económico instalar cámaras de video; se pueden eliminar así, por lo menos, 25 plazas de vigilante a tiempo completo.
- Las personas contratadas las convierten en socios con la intensión de evadir el pago de pensiones, de esta manera su vínculo con la organización elimina ciertos derechos.
- No se compran materiales de limpieza y se desatiende la atención médica y la alimentación de los detenidos.
Como se ha
descrito anteriormente, la privatización de los centros penales son una buena
opción para el alivio para las operaciones del Estado en cuanto a la
eliminación de varios problemas relacionados principalmente con incapacidades
de estos como la edificación de centros de atención institucional y su
operación además del creciente hacinamiento que limita las correctas atenciones
de los privados de libertad; y al mismo tiempo generan empleos indirectos para
varias personas ligadas a los centros penales, no obstante, la misma necesidad
lucrativa de la empresa privada deja de lado muchos aspectos que van en contra
el fin real de la sanción privativa de libertad.
Con el fin de
reforzar y ampliar con respecto a lo antes expuesto, se exponen dos videos del sitio web www.youtube.com donde se deja al descubierto el panorama real de las prisiones privadas en
Estados Unidos.
Referencias
Arriagada, I. (2012). De cárceles y concesiones:
Privatización carcelaria y penalidad neoliberal. Revista de Derecho, XXV(2),
9-31.
Nuñez, E., & Rojas,
F. (2006). La Privatización de las cárceles: el caso de Costa Rica (tesis de
doctorado). San José: Universidad Estatal a Distancia.


Compañero Víctor, visualizando su blog, me parece oportuno exponer ante usted mi percepción en cuanto a las desventajas que representa la privatización de las prisiones, específicamente para las personas privadas de libertad.
ResponderEliminarSi bien es cierto y tal como su persona lo menciona, en Estados Unidos la privatización de los centros penitenciarios ha sido una de las alternativas más fiables para combatir el hacinamiento, esto en vista de que este es uno de los países con mayores cifras de criminalidad y por ende, de individuos procesados desde el ámbito penal; sin embargo, es importante recalcar que, detrás de la privatización y de las fuentes de empleo que usted menciona, se esconden el trabajo forzado y además, mal remunerado.
Empresas reconocidas a nivel mundial, tal y como lo exponen Edith Núñez Briceño y Frania Rojas Vindas, 2006, se han hecho millonarias gracias al trabajo forzado y mal pagado que realizan personas privadas de libertad; Motorola y Microsoft son ejemplos de ellas.
Estas mismas autoras exponen que, al menos en las cáceles privadas de Estados Unidos, se desatienden y desprotegen los derechos humanos de los reclusos, quienes en ocasiones hacen una sola comida al día y carecen de la atención médica adecuada.
Desde mi punto de vista, la privatización de las prisiones no debería de ir más allá de firmar un contrato con una empresa privada para que sea esta la que se encargue de la construcción de la infraestructura; considero que el abordaje y rehabilitación de las personas privadas de libertad debe de ser únicamente competencia de las autoridades estatales correspondientes, esto en vista de que, las cárceles fueron creadas con este fin, incluyendo el castigo por irrumpir una ley, claro.
Referencia Bibliográfica:
Núñez B, E y Rojas V, F E. (2006). Trabajo final de graduación la privatización de las cárceles: el caso de costa rica. Recuperado de: https://aprende.uned.ac.cr/pluginfile.php/926785/mod_resource/content/0/La%20privatizacion%20de%20las%20carceles-Costa%20Rica.pdf
Saludos.
Nohelia Calderón Hernández.
UNED, Costa Rica.